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#1600

REFLEXIONES SOBRE LA LEY ORGÁNICA INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO (LOIVG)

En los inicios del segundo milenio antes de Cristo la humanidad pasa de una forma de organización más o menos igualitaria y con tendencia a mantener la igualdad, a un tipo de organización jerarquizada, dando lugar a la aparición de los estados. Este cambio se generalizó con rapidez y ha seguido perfeccionándose hasta la actualidad, si bien, junto a las sociedades jerárquicas, han existido existen sociedades cuya forma de vivir podemos calificar de igualitarias, en grave peligro de desaparecer por su continuo conflicto con el estado.(1) También han habido momentos históricos, generalmente cuando se ha desintegrado un imperio, en los que las sociedades humanas han conseguido convivir en una relativa y aceptable igualdad.
Los historiadores señalan diferentes causas de este profundo cambio cualitativo en la manera de entender las relaciones humanas:
– El fin de la economía de la recolección y de la caza como sistema de subsistencia
– La pérdida del nomadismo
– El aumento de los grupos sociales humanos
– La aparición de la agricultura
– El inicio de las aglomeraciones urbanas
– El cambio de una economía de trueque y anotación de las transacciones a una economía del dinero anónimo
– Organización de patriarcados y matriarcados
– La aparición de los estados, los grandes ejércitos y el imperialismo.
Estos cambios hacia un mundo organizado por jerarquías es un hecho consolidado. El estado es un ente social que goza de buena salud. Lo básico de su estructura es la acumulación de poder en unas élites fuertemente armadas y con una razón de estado que incluye la posible muerte del oponente.
El debate fundamental desde entonces gira en torno a si lo propiamente humano es vivir en sociedades igualitarias o sociedades jerárquicas.
Con la aparición de los imperios y la potenciación de lo jerárquico observamos que el pensamiento humano (discernimiento personal y colectivo de lo verdadero y lo falso) es dirigido y la conciencia del ser humano (discernimiento del bien y del mal personal y colectivo) sometida. Así pues se entró en una fase de inhumanidad que dura hasta la actualidad ya que el ser humano hizo dejación de aquellas facultades que según la filosofía clásica le diferencian del resto de seres vivos con la consiguiente pérdida de capacidad y voluntad ( potencia o poder) (2)
Pero con los imperios no sólo el pensamiento y la conciencia humana quedan doblegadas sino también las instituciones sociales que surgen de las necesidades más básicas: la planificación, la organización, la economía, la justicia, la religión, la defensa, la natalidad, la familia, las relaciones sexuales, la educación, la alimentación, la salud etc. Se convierten así en economía, justicia, religión, etc., de estado. En suma, ideologías justificadoras del ente estatal.
La LOIVG aparece pues como una consecuencia más del despotismo propio del poder acumulado en unas pocas manos.
Se trata de una ley en la línea de pensamiento que inspiró la caza de brujas en los siglos XV, XVI y XVII o las políticas de eugenesia y esterilización del pasado siglo XIX y XX y seguramente otros muchos movimientos de persecución de los que no tenemos información, habidos con anterioridad.
Dicha ley constituye una injerencia ilegítima por parte del estado en las relaciones personales, puesto que nada hay que legislar en torno al amor. A su vez se trata de una forma de proyectar sobre la sociedad civil los propios problemas del estado, incapaz de atender adecuadamente la salud mental de sus ciudadanos en el marco de una sociedad extremadamente jerarquizada. E incapaz de atender a la violencia que se produce en el ámbito familiar como consecuencia de vivir en una sociedad en la que la propiedad privada es el único recurso posible para la supervivencia de las personas.
Ciertamente, para aquellas personas que consideren que el actual concierto de estados (imperialismo moderno) es la forma de organización política y social más idónea para la humanidad, lo dicho hasta el momento presente y lo que se diga a continuación sobre la LOIVG les resultará incomprensible.
Partimos de que una sociedad jerarquizada permanentemente según la razón de estado ( militarista) no es una solución para el ser humano sino por el contrario un dispendio enorme de recursos personales, económicos y medioambientales.
La promulgación de la LOIVG en el año 2004 por un parlamento partitocrático que se autocalifica de democrático y no lo es, tenía según el legislador una justificación fundamental: defender a la mujer de las agresiones que sufre por parte del hombre por el hecho de ser mujer (preámbulo) y la intención de corregir lo que se considera abusos y desigualdades por parte de los varones, habidas a lo largo de la historia (Art. Primero) . Pero es evidente que si estos fueran realmente los objetivos de la ley, ésta hubiera sido redactada en términos muy diferentes.

Cualquier persona medianamente reflexiva se da cuenta que no se puede tratar problemas de desigualdad económico-social, de salud mental (psicopatía, alcoholismo, drogadicción, bipolaridad, esquizofrenia) y desatención a personas mayores, con medidas exclusivas de orden público. Se yerra tanto en el diagnóstico como en el tratamiento. Es evidente que lo que se considera como diferencial en el l trato hacia la mujer, está presente en el racismo, antisemitismo, androfobia, etc., y sería totalmente absurdo e inviable hacer una ley de estas características para cada uno de estos hechos que no son sino efectos o consecuencias de un mal social más general.
Existe, por tanto, una intención oculta, en la promulgación de la LOIVG. Y esto es evidente por cuanto la ley prohíbe expresamente todo acto de mediación, conciliación y rectificación. Es decir, cualquier medida tendente a la pacificación, comprensión en profundidad y tratamiento de los problemas que pudieran existir entre sexos ya que son muchas las interrelaciones de todo tipo que se producen entre personas sexuadas como consecuencia de la naturaleza individual y al mismo tiempo social de los seres humanos.
Si no interesa la pacificación, podemos inferir por sentido común que en realidad se pretende todo lo contrario. La guerra entre sexos.
Lla gente se pregunta: ¿Cómo se va a evitar la violencia contra la mujer excluyendo al varón del concepto de género y creando una ley especial, con tribunales específicos, para juzgar sólo a varones? ¿Cómo se puede corregir un problema social reduciendo los derechos que supuestamente justifican la legitimidad de una actuación? Y lo que es más grave ¿cómo se puede legislar sólo para una parte, introduciendo el derecho penal de autor?
Es demasiado evidente que la LOIVG iba a provocar un agravamiento de la situación. La contradicción, desde el punto de vista jurídico, es clara y manifiesta como para no tenerla en cuenta. De hecho, en el momento de su promulgación fue la ley que más recursos de inconstitucionalidad por parte de la judicatura ha tenido de la historia de España. No obstante, todos ellos fueron sobreseídos de manera artera por el Tribunal Constitucional siendo su presidenta Monserrat Comas que a su vez lo había sido del observatorio de violencia de género del CGPJ entre 2001 a 2008. La clase política en general y especialmente los que votaron esta ley sabían a lo que llevaría la ley, pero fueron incapaces de apelar a su conciencia.
En la actualidad la reacción de los profesionales del derecho está ahogada pues apenas se oye protesta alguna de abogados, jueces y juristas. A su vez es manifiesta la dejación de responsabilidades por parte de este colectivo.
Ahora bien, si el objetivo de la ley no es la protección de la mujer, ¿cuál es realmente su cometido?
La respuesta se deduce de la lectura del texto de la ley. Se trata del desarrollo de un objetivo político, mejor biopolítico. Para ello se utilizó a la asociación de juristas Themis durante los años ochenta y noventa, asociación formada mayoritariamente por mujeres representantes del llamado feminismo político, para redactarla y fue aprobada por un parlamento mayoritariamente masculino.
Entendemos por objetivo biopolítico aquel en que su actuación va dirigida a la modificación de la biología del ser humano. En este caso el objetivo parece ser el control de la natalidad a escala global, aunque no se descarta la existencia de algún otro objetivo biopolítico de mayor alcance, ligado a ella.
No vamos a comentar toda la ley pues excedería el alcance de esta exposición. Como prueba basta citar lo que se dice en el Título Preliminar, artículo primero de la LOIVG. En este artículo la definición que se hace de la violencia de género nada tiene que ver con la definición justificadora que se hacía en el preámbulo de la ley.
Aquí el objeto de la ley deja de ser la violencia contra la mujer por el hecho de ser mujer para pasar a ser la que ejerce un hombre que ha tenido o tiene relaciones heterosexuales de carácter afectivo con una mujer. Así pues además de contradecir lo dicho en el preámbulo es inoperante en el caso de que la relación entre un hombre y una mujer se haya dado con afectividad.
Dice así : el objeto de esta ley es el de actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
Estamos por tanto ante una ley absurda que pretende juzgar el nivel de poder que ejerce el varón sobre la mujer en base a un supuesto patriarcado para lo que a su vez hay que juzgar el nivel de afectividad en una relación heterosexual. Se viene así a decir que la relación heterosexual (como el pecado original ) tiene el estigma del dominio histórico del varón sobre la mujer, o lo que es lo mismo que la mujer ha sido y es un ser incapaz de establecer una relación heterosexual en igualdad con el hombre y , puesto que sus relaciones sexuales se producen desde la sumisión, ha de intervenir el estado `para protegerla.
El resto de la ley que sería largo enumerar da pie a detenciones ilegales, juicios sin garantías procesales, introduce el delito de autor, invierte la carga de la prueba, destruye el principio de igualdad ante la ley penal, etc.
Pero sobre todo en los artículos que siguen justifica una serie de acciones dirigidas al adoctrinamiento e ivita a la denuncia a través de campañas injustificadas que incitan al odio hacia el otro sexo.
Así pues de la redacción del artículo que comentamos y del desarrollo de la LOIVG podemos extraer varias consecuencias que adivinamos están presentes en el supuesto plan biopolítico de carácter internacional al que nos hemos referido y que son las siguientes:
La primera que las personas humanas han de ser tuteladas por el estado incluso en sus conductas más íntimas como son las relaciones sexuales.
En segundo lugar que el control se debe ejercer fundamentalmente sobre la heterosexualidad con afectividad ya que las conductas homosexuales no son objeto de la ley. Ni en teoría ni en la práctica se puede aplicar esta ley en el caso de violencia entre parejas o matrimonios homosexuales. En este caso no importa que las relaciones sean afectivas. Es evidente que la relación heterosexual sin afectividad no preocupa al plan, como hemos comentado y tenemos ocasión de ver a diario.
La tercera es que la incitación al odio que se sigue de la implantación de esta ley ha de dar, en un plazo más o menos corto, en enfrentamientos entre mujeres y hombres que pueden llegar a ser muy violentos. El incremento de la conflictividad individual entre sexos no es sino el preámbulo de choques violentos de grupos de uno y otro sexo.
Los mismos estados y fundaciones pertenecientes a grupos financieros que diseñaron los planes eugenésicos de esterilización durante los siglos XIX y XX, aparecen financiando en la actualidad las políticas llamadas de género. Más aún, puesto que los planes eugenésicos se prohibieran en los años 60 y 70 del pasado siglo, precisamente el momento en que aparecen las políticas de género, nos hace pensar que se trata de un relevo, un cambio de estrategia en la misma dirección. Por cierto que las políticas de esterilizaciones se llamaron eugenésicas porque estuvieron dirigidas fundamentalmente al control poblacional de pobres, enfermos, dementes y grupos étnicos reacios a ser absorbidos por los estados.
La ley que nos ocupa es en teoría de imposible aplicación puesto que habría que juzgar no ya las intenciones sino incluso los sentimientos de las personas. No obstante, en la práctica, su puesta en marcha ha provocado, en el especio de dos lustros, casi dos millones de detenciones de varones acusados de maltrato.
Y la cuarta consecuencia de la aplicación de la LOIVG es la radical vulnerabilidad del varón que se provoca en el ámbito laboral, social y especialmente en el político. Julián Assange está pendiente de un juicio por delito sexual supuestamente cometida en Suecia y tramitada en Inglaterra. Dos estados pioneros junto con EEUU, Noruega y Dinamarca (Alemania lo fue a consecuencia del fenómeno nazi) de las políticas eugenésicas de principio de siglo XX que en la actualidad cuentan con las legislaciones de genero más agresivas. Grupo al que se ha añadido España con el objetivo de servir puente para la implantación de las políticas de género en Latinoamérica. Aparte de los casos más conocidos, son muchos los que han perdido trabajo, cargos políticos, relaciones familiares, acceso a la función pública, etc., en aplicación de la ley puesto que como hemos visto en teoría nos afecta a todos.
A estas alturas no es ninguna novedad decir que el estado ha entrado con decisión en el doble juego de culpabilizar al varón y pretender la supremacía política de la mujer, lo que parece resultar coherente con una estrategia biopolítica tendente al control de la población a nivel global.
Efectivamente, cuantas más mujeres realicen tareas a todas luces incompatibles con la maternidad más éxito tendrá el plan establecido para la reducción de la población humana. Por otro lado, cuantas más mujeres formen parte de la fuerza funcionarial (policial, militar, educativa, sanitaria, etc.) mejor podrá el estado realizar su cometido.
La supremacía de la mujer sobre el varón interesa en este momento al estado de la misma manera que interesó, con fines de militarización de la sociedad, la supremacía del varón sobre la mujer en los siglos XVIII y XIX, pues al sistema jerárquico le es inherente este tipo de supremacía y además en la actualidad el control de la población lo exige. A esto hay que añadir como un capítulo más de la acción biopolítica en marcha, el adecuado desplazamiento de las poblaciones humanas con los mismos fines.
Podemos decir que la LOIVG y las políticas de género en general son un ejemplo más de cómo con la biopolítica al servicio del estado, se puede transformar los sistemas de valores y la moral personal y colectiva. Se aprovecha así el sentido de sublimidad del ser humano y se crea una nueva religión de estado.
No es la LOIVG la única ley promulgada al amparo de las políticas de género pero sí, junto con la modificación del código penal, la más importante. De hecho le han precedido, con la misma escasa crítica jurídica, Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de Medidas Concretas en Materia de Seguridad Ciudadana, Violencia Doméstica e Integración Social de los Extranjeros; la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, o la Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica; además de las leyes aprobadas por diversas Comunidades Autónomas, dentro de su ámbito competencial. Todas ellas han incidido en distintos ámbitos civiles, penales, sociales o educativos.
El alcance global de la biopolítica queda reflejada en las siguientes actuaciones por parte de organismos internacionales: Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre la mujer de 1979; la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia sobre la mujer, proclamada en diciembre de 1993 por la Asamblea General; las Resoluciones de la última Cumbre Internacional sobre la Mujer celebrada en Pekín en septiembre de 1995; la Resolución WHA49.25 de la Asamblea Mundial de la Salud declarando la violencia como problema prioritario de salud pública proclamada en 1996 por la OMS; el informe del Parlamento Europeo de julio de 1997; la Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas de 1997; y la Declaración de 1999 como Año Europeo de Lucha Contra la Violencia de Género, la Decisión n.º 803/2004/CE del Parlamento Europeo, por la que se aprueba un programa de acción comunitario (2004-2008) para prevenir y combatir la violencia ejercida sobre la infancia, los jóvenes y las mujeres y proteger a las víctimas y grupos de riesgo (programa Daphne II) de los cuales sólo para el caso de España supone la llegada de más 30.000 millones de euros en este concepto de políticas de género.
La voluntad de actuar e influir de manera radical en la sociedad se resume en las siguientes afirmaciones recogidas en su declaración de principios. Dice: el ámbito de la Ley abarca tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención posterior a las víctimas, como la normativa civil que incide en el ámbito familiar o de convivencia donde principalmente se producen las agresiones, así como el principio de subsidiariedad en las administraciones públicas.
Y para hacer la LOIVG más eficaz se insiste una y otra vez en hacer extensivos los delitos de género a las actuaciones de los varones sobre los menores, lo que pone en evidencia otra de las estrategias de la planificación biopolítica: la separación radical del hijo del control familiar biparental, tanto de las educadoras (objetivo ya conseguido) como de las reproductivas (proceso en marcha).
Estamos ante una ley (por eso es orgánica e integral) que ha modificado gran parte del ordenamiento jurídico español, que ha sumido a la sociedad española en un estado de excepción disimulado y con la prohibición terminante de ser debatida en ningún medio de comunicación.
Añadamos pues nuevas consecuencias de la aplicación de la LOIVG que a su vez son objetivos de la biopolítica en marcha
-Destrucción definitiva de la familia (la familia biparental es el penúltimo eslabón de una destrucción iniciada hace siglos). La mujer separada del varón ofrecería todavía menos resistencia que la poca que ofrece ya la familia biparental a las pretensiones del estado. De hecho la familia monoparental es totalmente programable en lo que a fines de natalidad se refiere.
-Que las mujeres que accedan al poder, no estén interesadas en la maternidad y si es posible tampoco en la heterosexualidad.
– Que la guerra entre sexos se extienda a aquellos países en que la natalidad se ha de reducir según los objetivos del plan.
– El “nosotras parimos, nosotras decidimos” ha sustituido mediante adoctrinamiento al “nosotras decidimos, nosotras parimos”. Pero precisamente de esto se trata de que ni el hombre ni la mujer decidan. No interesa la mujer que decide ser madre por ella misma. El desinterés por la maternidad es un hecho ya antiguo, reflejado en la desaparición del ministerio de la familia y su sustitución por el ministerio de igualdad, lo que supone a su vez una ingente desviación de recursos para políticas contrarias a la natalidad. Pero baja participación de la mujer en la política de partidos (Caso Syriza) es un ejemplo más de que las mujeres se rebelan contra unas políticas que tratan de decirle desde el poder qué es ser mujer.
En definitiva, lo que se busca es que sean las élites mandantes sigan controlando al ser humano y decidan sobre la población mundial. La democracia formal y partitocrática es el instrumento idóneo elegido por su capacidad de influir sobre la conciencia humana. No obstante, si falla no dudarán en utilizar una versión más directa de dictadura, como es habitual a sus planes.
Llegados a este punto conviene que nos preguntemos: ¿Podemos, en cuanto eres humanos individuales y colectivos, hacer frente a un diseño de biopolítica?
¿Cuál sería el planteamiento a seguir desde la perspectiva de una REVOLUCIÓN INTEGRAL y unas relaciones convivenciales basadas en la igualdad, el respeto mutuo y el amor?
A bote pronto, podemos indicar tres vías (no excluyentes):
a) Seguir el camino de la rectificación personal ( construcción del sujeto)

Intentar volver o llegar a situaciones personales en las que el desinterés, el esfuerzo y el amor sean posibles para que la relación sexual participe de estas características y la procreación sea una decisión compartida y libre.

b) Trabajar por un modo de producción básicamente comunitario que abola el trabajo asalariado

Para que de este modo se pueda crear comunidad y se vuelva a formas de nacimiento, cuidado, educación y protección de las criaturas grupal

c) Combatirla desde dentro de la sociedad estatal con una estrategia adecuada al objetivo que se pretende

Por ejemplo intentar la derogación de la LOIVG atacando sus contradicciones en la práctica.

Pensamos que sobre estas y otras bases las relaciones humanas pueden volver a ser libres y afectivas y las formas de familia que surjan pueden hacer posible una natalidad acorde con la naturaleza humana y en equilibrio con el resto de seres vivos.
Una manera de luchar contra la biopolítica impuesta es la de resolver el problema de la maternidad que ha creado la sociedad actual, es decir el problema de la familia y también sus estructuras envolventes, para que, sin forzar la naturaleza de la mujer y tampoco la del varón, se llegue a un tipo de comunidad humana que sea exitosa al mismo tiempo en la natalidad y en el control de la misma.
También lo es buscar una organización de la familia y la comunidad humana envolvente en la que estén en consonancia el eros y la sexualidad amorosa y liberadora y no la insatisfactoria y enfermiza sexualidad que se promueve desde el poder. Esta última una sexualidad al margen de lo natural que se da entre seres enfrentados, sin salida evolutiva o cultural, que no aporta nada a lo convivencial, sino que por el contrario la dificulta y destruye.
De todo ello podemos hablar en el debate
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(1) Pierre Clastres La societé contre l’etat ( en castellano Monte Avila Caracas)
El pueblo Tupi-Guarani acostumbrarba a aboratr el proceso de formar estado mediante la separación de grandes contingentes de ellos que marchaban a tierras lejanas y temible en fugas guiadas por prfestas para escapa del miedo mayor al sometimiento del estado que ellos identificaban con el infierno
Según Clastres son verdaderas sociedades opulentas, capaces deproducir fácilmente excedentes, pero que prefieren no hacerlo, siendo ampliamente suficiente una jornada laboral de dos horas…Aunque hay poca o ninguna producción para el intercambio, hay propiedad privada;no podría haber hospitalidad privada , ni invitaciones a fiestas sin ella. No hay obstáculo manifiesto a la división del trabajo, ni por tanto al capitalismo, pero los bienes que la división del trabajo pueden proporcionar no son apreciados
(2)Facultades del alama según la filosofía clásica
Platón: intelecto, afecto y apetito.
Aristóteles : el apetito (ἐπιθυμία), los impulsos (θυμός) y la voluntad (βούλησις) son tres clases de deseo (ὃρεξις)”.D e tal manera, la diferencia sustancial entre los seres que tienen vida o alma viene determinada por los tipos de deseo que poseen. La volición se origina en la parte racional así como el apetito y los impulsos se originan en la parte irracional. El ánima sensitiva, común a animales y humanos hace referencia a la capacidad de sentir dolor y placer (tacto). Sin deseo vegetativo y sensitivo es imposible hablar de deseo inteligente. Los animales racionales están facultados con los dos primeros tipos de deseo, sin embargo, la volición será su característica específica. Para los animales irracionales la imaginación es sensitiva, mientras que para los racionales lo es potencialmente sensitiva y también deliberativa. A la par del impulso, los animales irracionales tienen la facultad apetitiva o desiderativa (ἐπιθυμία), por medio de la cual son afectados por lo agradable y doloroso. Los seres humanos ( animales racionales tienen las facultades mencionadas además de la “libre elección” (φροαίρεσις). Al ser humano lo define el deseo inteligente ( capacidad de tener móviles distintos de sus acciones: la virtud y el vicio, la justicia y la injusticia, la bondad y la maldad, la belleza y la fealdad, son los principios del actuar humano que no pueden ser encontrados en los demás animales porque carecen de deseo inteligente.) Para analizar en su justa medida el concepto de ser humano en Aristóteles resulta preciso tener en consideración al menos dos puntos de vista: el concepto natural que se relaciona con el deseo y las facultades del alma; así como el concepto social que se relaciona con la facultad de la politicidad y del habla. En lo social se elaboran principios ético-morales según los cuales es preciso que el ser humano conduzca su vida política y moral por la orientación de la inteligencia deseosa. Por su forma de ser específica, el ser humano vive en una dimensión que escapa a la de los sentidos, a saber, la vida moral (amor). Diego Alfredo Pérez Rivas diego.perez.rivas@ucm.es
Kant: facultades cognoscitivas, afectivas y conativas. Unidad de lo moral y lo intelectual en el ser humano.
(2) Friedrich Engels . El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado. Bibliteca Pensamiento crítico . Ed. Sol90
(3)
“Cuando más perdían las antiguas relaciones sexuales su candoroso carácter primitivo selvático a causa del desarrollo de las condiciones económicas y por consiguiente a causa dela descomposición del antiguo comunismo (organización comunal) y de la densidad cada vez mayor de población, más envilecedoras y opresivas debieron parecer esas relaciones a las mujeres y con mayor firmeza debieron anhelar, como liberación, ( el derecho a) la castidad, (el derecho a) el matrimonio temporal o definitivo con un solo hombre”